La rendición de cuentas es un mecanismo de transparencia en la ejecución de recursos públicos, para nuestro caso, los recursos asignados por gratuidad educativa y los recursos propios, los cuales se manejan mediante las normas que reglamentan el fondo de servicios educativos. Además de los recursos económicos se rinde cuenta de procesos llevados a cada en la gestión directiva, académica, administrativa y comunitaria. La Constitución Política de Colombia reglamenta la rendición de cuentas mediante la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994, la Ley 489 de 1998, la Ley 715 de 2001, el Decreto 4791 de 2008, la Ley 1474 de 2011, la directiva ministerial 22 del 21 de julio de 2010, directiva ministerial 26 de 2011, Ley 712 de 2014, resolución 4143.0.21.7338 de 2014 de Santiago de Cali, Ley 1757 de 2015 entre otros.
Atendiendo la responsabilidad que me asiste como rector de la Institución Educativa Monseñor Ramón Arcila, de convocar y desarrollar el proceso de rendición de cuentas, me permito invitarlos a este acto, el cual tendrá lugar en el coliseo de la sede Raúl Silva Holguín, el próximo miércoles 15 de febrero de 2019, a las 11:00am.
Sin otro particular, quedo muy agradecido por su atención.
Atte. Juan Vianey Tovar Mosquera
Rector